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El presidente de Chile, Sebastián Piñera (foto: ANSA)
Camara fotoAMPLIAREl presidente de Chile, Sebastián Piñera (foto: ANSA)
16/04/2020 - COVID-19

Piñera indultó a 1700 presos y los mandó a la casa

El presidente de Chile, Sebastián Piñera, promulgó ayer la Ley de Indulto General Conmutativo por Covid-19 que beneficiará a 1.700 presos que cumplían condena en distintos penales y que podrán completarla bajo arresto domiciliario.

Detalles.

El mandatario justificó la iniciativa -que tuvo reparos en su propia coalición, por excluir a los militares condenados por crímenes de lesa humanidad- por el peligro de contagio que se multiplica "cuando las personas más vulnerables se encuentran privadas de libertad dentro de recintos penitenciarios". Las "condiciones de hacinamiento dificultan o hacen imposible medidas sanitarias como el aislamiento social, el lavado frecuente de manos y otras recomendaciones" sanitarias, precisó.

Piñera señaló que esta ley se une a los protocolos e iniciativas ideadas junto a Gendarmeria para proteger a los presos y funcionarios, como la vacunación masiva contra la influenza, el protocolo de control sanitario de las personas que ingresan a las unidades penales y de reforzamiento de la higiene y sanitización de los mismos, incluyendo disposición de mascarillas, dispensadores de jabón y de alcohol gel.

También la disponibilidad de una Red de Plazas Intrapenitenciarias de Aislamiento, en casos de brote de la epidemia, correspondiente a 2.667 plazas a lo largo de todo el país.

Piñera enfatizó que la nueva ley de Indulto General Conmutativo "no significa en ningún caso impunidad para quienes fueron condenados y están privados de libertad". Aclaró que no extingue la responsabilidad ni elimina la condena como antecedente sino que "solo modifica la ejecución de la pena, conmutando o sustituyendo la reclusión en cárceles por reclusión total en los domicilios".

Mencionó que quedaron excluidos del beneficio quienes han sido condenados por delitos de gran gravedad, como aquellos contra la vida, la integridad física y psíquica, la libertad personal, la libertad y la propiedad; y los condenados por delitos de violencia intrafamiliar. Tampoco beneficia a condenados por secuestro, sustracción de menores, tortura, asociación ilícita, violación, abuso sexual agravado, cualquier delito sexual contra menor de edad, homicidio, parricidio, femicidio, infanticidio, tráfico ilícito de migrantes y trata de personas, robo calificado, delitos terroristas, de lesa humanidad o crímenes de guerra y de control de armas.

Destacó que el Gobierno está comprometido con las víctimas de la delincuencia, "pero también debemos tratar con humanidad y proteger la salud y vida de los privados de libertad".

El jefe de estado apuntó que la iniciativa legal "beneficiará a más de 1.700 personas, que no han cometido delitos graves y son de baja peligrosidad". Entre ellos, los mayores de 75 años, "quienes por ser parte del grupo más vulnerable no se les exigirá que hayan cumplido un mínimo de condena, ni que les reste menos de 36 meses de prisión. Asimismo, "las mujeres entre 55 y 75 años de edad y los hombres entre 60 y 75 años, que hayan cumplido la mitad de la condena y que les reste 36 meses o menos de prisión". 

"Las mujeres embarazadas y las madres de un hijo o hija menor de 2 años, residentes en la unidad penal, que hayan cumplido un tercio de la pena y tengan un saldo igual o inferior a 3 años de condena". Además, las personas que estén cumpliendo reclusión nocturna, "siempre que hayan cumplido un tercio de la pena y les resten 36 meses o menos de condena"; los reclusos con permiso de salida de los recintos penitenciarios, "siempre que hayan cumplido la mitad de la pena y les resten 3 años o menos de condena". Aclaró que las personas indultadas que violen la reclusión domiciliaria deberán cumplir en la cárcel lo que les reste de la pena original, y "si una persona indultada comete otro delito, deberá cumplir en la cárcel lo que reste de su condena, además de la pena que le corresponda por el nuevo delito".  


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