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25/03/2020 - Pandemia

¿Quiénes podrán dejar de pagar servicios que se los corten?

El decreto oficial detalla los sectores alcanzados, por cuánto tiempo, cómo se van a pagar las deudas y qué pasa si un usuario o empresa no está contemplado. Dudas por los clientes prepagos.

El presidente, Alberto Fernández, anunció que enviará al Congreso un proyecto de ley para congelar el precio de los alquileres por 180 días y suspender los desalojos por falta de pago. Además, la iniciativa fijará las cuotas mensuales para los deudores de créditos hipotecarios UVA y prohibirá las ejecuciones (Ver aparte). El proyecto lo trabaja la Secretaría Legal y Técnica, a cargo de Vilma Ibarra, e ingresará al Congreso a través de la Cámara de Diputados. Se trata de una nueva medida económica que lanza el Gobierno para contener la crisis económica a raíz de la cuarentena y el freno de la actividad que implica el coronavirus. Tanto Estados Unidos como Francia y España dispusieron medidas especiales, como la suspensión de desalojos y el freno al pago del alquiler. A la batería de anuncios de la semana pasada se sumaron en estos días el ingreso de emergencia para los monotributistas y la prohibición del corte en los servicios públicos.

“Le pedí a Sergio Massa que se ponga a estudiar el tema”, aseguró Fernández en una entrevista televisiva en el canal Telefé. El diputado ya cuenta con un proyecto de ley de este tipo, pero este jueves se reunirá con Ibarra de la secretaría de Legal y Técnica para delinear un proyecto único. Establecido el documento, se lo enviarán a los presidentes de cada bloque y el viernes realizarán una reunión de labor parlamentaria por videoconferencia entre las autoridades de los bloques para ver cómo podrían sesionar la semana que viene. “Se podría sesionar en forma digital, con aplicaciones como Zoom”, explicaron a este diario desde el entorno de Massa. Fuentes parlamentarias no descartan implementar un sistema mixto, con algunos legisladores en el recinto y otros conectados al debate de manera virtual. La medida deberá aprobarse por el Congreso porque así es como deben modificarse las cuestiones tributarias y penales. “Lo ideal es que tenga la fuerza de la ley”, agregaron las mismas fuentes.

Los anuncios del presidente implican que los inquilinos mantendrán el mismo valor del alquiler por los próximos seis meses, aún cuando tengan en ese plazo el ajuste semestral que establece el contrato. “El congelamiento es fundamental, porque una vez que termine el desastre sanitario los problemas en la economía doméstica van a seguir. En la Ciudad el 60 por ciento de las personas gana menos de 30 mil pesos, y el alquiler de un departamento dos ambientes es de 15 mil pesos en promedio”, aseguró a PáginaI12 Fernando Muñoz, de la Defensoría del Inquilino. “La incidencia de los ingresos en el alquiler puede llegar al 50 por ciento por cómo se depreció el salario en estos años”, agregó. En la Ciudad, el 53,2 por ciento de los hogares es inquilino y sólo un 19,3 por ciento es propietario de vivienda y terreno, según un informe realizado a fines de 2019 por la ex Secretaría de Vivienda de la Nación y la consultora Hábitat para la Humanidad.

Por otro lado, Muñoz celebró el anuncio de la suspensión de desalojos. “Hay 35 mil familias, es decir 100 mil personas, que alquilan en hoteles-pensiones y están ligados al mercado informal de trabajo, por lo que es una población que dejó de tener ingresos y que a fin de mes les van a decir que se vayan”, indicó Muñoz. Además, el defensor del pueblo de la Ciudad, Alejandro Amor, le entregó al gobierno un pedido para que haya prórrogas automáticas a fin de mes de los casi 20 mil contratos que terminan en Capital. “Hay gente a la que le están pidiendo 100 por ciento para renovar y quedarse, especulan con que no se van a poder mudar”, informó Muñoz.

El gobierno publicó este miércoles en el Boletín Oficial el decreto 311/20 de Emergencia Sanitaria que suspende los cortes de los servicios públicos por falta de pago a raíz de la crisis generada por el coronavirus. Lo que sigue es un detalle de los principales puntos de la norma.

1. ¿Qué servicios están incluidos en el decreto que suspende los cortes por falta de pago?

La medida alcanza a los servicios de energía eléctrica, gas natural por redes, agua corriente, telefonía fija, telefonía móvil, internet y televisión por cable, espectro radioeléctrico y satélite.

2. ¿Qué usuarios residenciales podrán dejar de pagar?

El artículo 3 contempla a los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo y la Asignación por Embarazo, beneficiarios de pensiones no contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos salarios mínimos (33.750 pesos), inscriptos en el monotributo social, jubilados, pensionados y trabajadores que perciban una remuneración bruta menos o igual a dos salarios mínimos, monotributistas inscriptos en las categorías cuyo ingreso anual mensualizado no supere dos salarios mínimos, beneficiarios del seguro de desempleo, electrodependientes, usuarios incorporados al Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares y exentos en el pago del ABL o tributos locales de igual naturaleza. La implementación no será una tarea sencilla porque las empresas no tienen toda esa información de sus clientes. Por lo tanto, se supone que el Estado debería facilitar un listado de potenciales beneficiarios.

3. ¿La suspensión rige también para empresas y otras instituciones?

El decreto contempla también entre los beneficiados a micro, pequeñas y medianas empresas, cooperativas de trabajo, empresas recuperadas inscriptas en el Instituto Nacional de Economía Social, instituciones de salud públicas y privadas y entidades de bien público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos. En todos los casos se aclara que las empresas e instituciones deben haber sido afectadas por la crisis, según lo establezca la reglamentación.

4. ¿Por cuánto tiempo rige la suspensión del corte del servicio?

La norma establece que las empresas no podrán suspenderle ni cortarles el servicio a los usuarios por mora o falta de pago de hasta 3 facturas consecutivas o alternativas, con vencimientos desde el 1 de marzo. En el caso de los servicios de telefonía fija o móvil, internet y televisión paga se aclara que las empresas prestatarias “quedarán obligadas a mantener un servicio reducido, conforme se establezca en la reglamentación”. La obligación de no cortar a aquellos que no hayan pagado las tres facturas regirá por un plazo de 180 días.

5. ¿Qué pasa si un usuario o empresa no está contemplado en el decreto y no puede pagar?

El artículo 4 establece que el Ministerio de Desarrollo Productivo podrá incorporar a otros beneficiarios “siempre que su capacidad de pago resulte sensiblemente afectada por la situación de emergencia sanitaria y las consecuencias que de ella se deriven”. “La merma en la capacidad de pago deberá ser definida y acreditada de acuerdo con lo que establezca la reglamentación”, agrega el texto.

6. ¿Tienen algún beneficio los que consumen gas en garrafa?

Los precios máximos de referencia para la comercialización de gas en garrafas, cilindros y/o granel con destino a consumo local, continuarán sin cambios durante 180 días. El problema que viene de la mano de los congelamientos de precios en este tipo de servicios es el desabastecimiento. Por eso la norma destaca que el Ministerio de Desarrollo Productivo “deberá definir los mecanismos necesarios con el fin de garantizar el adecuado abastecimiento de la demanda residencial”.

7. ¿Las empresas de gas podrán cortar el servicio en caso de que detecten alguna pérdida?

Obviamente sí, pero para evitar inconvenientes el decreto lo aclara expresamente. “En ningún caso la prohibición alcanzará a aquellos cortes o suspensiones dispuestos por las prestadoras por razones de seguridad”, dice el decreto. A su vez, Metrogas sacó este miércoles un comunicado donde también dejó en claro este punto.

8. ¿Qué va a pasar con los clientes de servicios prepagos?

El decreto establece en el artículo 2 que “si los usuarios que cuentan con sistema de servicio prepago de energía eléctrica no abonaren la correspondiente recarga para acceder al consumo, las empresas prestadoras deberán brindar el servicio de manera normal y habitual durante el plazo previsto”. Lo mismo se establece para el sistema de servicio prepago de telefonía móvil e internet. Las empresas no tienen claro cómo van a hacer para implementar este punto. Una posibilidad podría ser acreditarles a todos los prepagos el mes próximo el mismo monto que consumieron en marzo, pero tampoco eso puede ser coercitivo porque hay clientes que pueden no necesitarlo. Por ejemplo, aquellos que usan un celular prepago por el trabajo y ahora no están pudiendo salir de su casa, probablemente no necesiten que les acrediten ningún monto porque en muchos pueden estar usando el wifi domiciliario para comunicarse.

9. ¿Cómo se van a pagar las deudas que se vayan acumulando?

Las empresas prestadoras de los servicios deberán otorgar a los usuarios “planes de facilidades de pago para cancelar las deudas que se generen durante el plazo de vigencia de las medidas”, conforme a las pautas que establezcan oportunamente el Ministerio de Desarrollo Productivo y los respectivos entes reguladores.

10. ¿Cómo pueden hacer para pagar aquellos que no están alcanzados por el decreto si la cuarentena sigue y las sucursales permanecen cerradas?

Todas las compañías ofrecen habitualmente a sus clientes oficinas virtuales para hacer trámites donde pueden consultar saldo, descargar sus facturas y pagar de manera electrónica. Esa modalidad de pago será la única vigente si la cuarentena se extiende."situaciones excepcionales”

Desde la Cámara Inmobiliaria prepararán un documento para entregarle al Gobierno para que consideren otro tipo de medidas. Una de las propuestas podría ser la segmentación de las medidas, para que sea tomada para los que más lo necesitan y no de manera universal, tal como se estableció con la prohibición del corte de los servicios públicos. Además, buscarán digitalizar todos los pasos para que continúe el mercado inmobiliario en caso de que se extienda la cuarentena. “Queremos que se puedan hacer tours virtuales para conocer una propiedad, que los contratos puedan hacerse con firmas online, hay que aplicar la modernidad en forma urgente”, informó a este diario Alejandro Bennazar, presidente de la cámara. Buscarán entregarlo el lunes que viene tras consensuarlo con las cámaras de todas las provincias. “Estimamos que el 50 por ciento de los propietarios viven de la renta, porque muchos son jubilados o parejas que ahorraron para tener un complemento al salario”, aseguró Bennazar.


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