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Los genocidas liberados
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31/07/2018 - Impunidad

Corte chilena pone en libertad a 5 condenados por crimenes de lesa humanidad

La Corte Suprema de Chile concedió la libertad provisional a cinco ex uniformados condenados por crímenes de lesa humanidad cometidos bajo la dictadura militar (1973-1990) y que cumplían su pena en las cárceles de Punta Peuco y Colina I.

Detalles.

Se trata del capitán (re) de Carabineros, Gamaliel Soto, condenado por el secuestro de dos hermanos en Cunco en 1973; el coronel (re) Manuel Pérez, condenado por el asesinato en Uruguay del ex químico de la DINA, Eugenio Berríos, en 1993; y los ex oficiales del Ejército, José Quintanilla, Hernán Portillo y Felipe González, condenados por el secuestro de Lorenzo Lazo, en Copiapó, en 1975. El máximo tribunal revocó así el dictamen de la Corte de Apelaciones que, en base a informes de Gendarmería, había desechado la petición por cuanto los análisis sicológicos reafirmaban que los mencionados reos tienen "insuficiente o inexistente conciencia del delito y del daño ocasionado".

La Suprema consideró que el reporte no puede impedir el acceso a la libertad condicional, ya que los condenados cumplen con los requisitos de carácter objetivo, como el buen comportamiento o haber cumplido la mitad de su condena. En su resolución justificaron que "las Convenciones suscritas por Chile en materia de Derechos Humanos no impiden reconocer a los condenados su derecho a reincorporarse a la sociedad mediante mecanismos como el de la Libertad Condicional".

Aclararon que esto "no conlleva desconocer la particular gravedad de los crímenes de lesa humanidad como aquél por el que cumple condena el amparado".

Sin embargo, añadieron, "tal carácter ya fue considerado para excluir la extinción de responsabilidad penal -y civil- que operaría en delitos comunes, por causales como la amnistía y la prescripción, así como para fijar la cuantía de la pena y, por consiguiente, determinar su cumplimiento efectivo"- "De manera que, -reflexionaron- no resulta razonable considerarlo nuevamente, esta vez, para negar de manera absoluta el acceso a la libertad condicional si se han respetado todos los estándares que el derecho internacional ha demandado para tal efecto".

La resolución fue adoptada por unanimidad, salvo en el caso de José Quintanilla, que contó con el voto negativo del juez Manuel Valderrama. El magistrado sostuvo que el militar retirado está siendo investigado en otra causa de violaciones a los derechos humanos, por lo cual no puede otorgársele un beneficio carcelario.  


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