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11/05/2018 - Andhes

Reclaman celeridad en la indagatoria los policías que asesinaron a Facundo

El asesinato de Facundo Ferreira el pasado 8 de marzo configuró una ejecución extrajudicial de un niño de 12 años por agentes de la policía provincial. Las circunstancias de su asesinato dan cuentan claramente del incumplimiento de los estándares que deberían regular el uso de la fuerza por parte de los agentes de seguridad en general, y de las armas de fuego letales contra niños y niñas en particular.

A más de dos meses del asesinato de Facundo, los oficiales que participaron del mismo aún no han sido citados a declarar como imputados, siquiera, separados de su función.

La versión policial reconoce que los agentes de la fuerza iniciaron una persecución a un grupo de motos identificadas como sospechosas sin motivo alguno. Los agentes refieren que mientras el grupo de motos huía, 2 de las 4 motos les realizaron disparos - sin poder precisar de dónde venían los mismos, quiénes los hicieron, cuántos fueron, dónde están esas armas o esas vainas - y para repeler esta acción durante 150 metros ambos policías dispararon irracionalmente primero con sus balas de goma, y a continuación con balas de plomo hasta que cayó Facundo.

A pesar de que la fuerza letal sólo puede ser utilizada como un último recurso cuando es necesario para proteger la vida de alguna de las personas involucradas en el hecho, las marcas en la espalda de Facundo y el disparo que entra por la nuca y sale por la frente, dan cuentas de su posición de huida, y de la violencia y brutalidad desmedida con que los agentes acribillaron a Facundo.

Desde la organización andhes sostienen que se trató de una ejecución extrajudicial, es decir “una muerte como consecuencia del uso de la fuerza por funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, cuando ese uso no obedece a los criterios de necesidad, racionalidad y proporcionalidad”.

De acuerdo con la Convención de los Derechos del Niño, el Estado tenía con Facundo obligaciones reforzadas de protección. Las fuerzas de seguridad, como parte del Sistema de Protección Integral de Niñez, debieron asumir con él un rol activo en la prevención de la violación de cualquiera de sus derechos, en particular en la protección de su derecho a la vida. En el mismo sentido deben interpretarse los principios de necesidad, proporcionalidad y razonabilidad en el uso de la fuerza contra niños, niñas y adolescentes, los que deben ser reforzados para casos en los que se usen armas de fuego letales en los cuales su utilización solo está permitida ante una absoluta necesidad.

Por ultimo de la organización de derechos humanos manifestaron que los agentes policiales son responsables aún en el hipotético caso que Facundo, Juan o cualquiera de jóvenes perseguidos hubieran realizado algún disparo, porque su actuación se encuentra al margen de todas las normativas nacionales e internacionales que regulan el uso de la fuerza y el uso de armas de fuego. 


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