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Pegaron carteles en repudio al fallo
Camara fotoAMPLIARPegaron carteles en repudio al fallo
25/09/2017 - Ante la Justicia

Organismos de DD.HH. rechazaron la sentencia en causa Operativo Independencia

Organismos de Derechos Humanos y familiares de víctimas de la última dictadura cívico-militar se concentraron este lunes en las puertas del Tribunal Oral Federal (Chacabuco y Crisóstomo) para manifestar su repudio a la sentencia que dictó ese tribunal el 15 de septiembre último, en el marco de la megacausa Operativo Independencia.

En este sentido, el abogado querellante en la causa, Rodrigo Scrocchi, se mostró preocupado por el fallo de los jueces Gabriel Casas, Carlos Jiménez Montilla y Juan Carlos Reynaga, en el cual fueron absueltos 7 de los imputados, al advertir que significaría un “cambio de actitud” del tribunal hacia el juzgamiento de los delitos de lesa humanidad. “Hemos venido a manifestar nuestra preocupación y repudio sobre algunos tramos de la sentencia. Hay cuestiones realmente preocupantes que mostrarían un cambio de criterio de este tribunal a partir de ahora en adelante en las demás causas que quedan por delitos de lesa humanidad”, sostuvo.

Puntualmente, desde el movimiento rechazan uno de los argumentos esgrimidos por la Defensa Pública que permitió la absolución de algunos de los imputados, y que se encuadra bajo la figura del Error de Prohibición. “Es una especie de Obediencia Debida. Este argumento es muy peligroso porque permite exculpar a varios imputados por las violaciones de domicilio y la privación ilegítima de la libertad”, aseguró Scrocchi.

Mediante este planteo, el tribunal decidió absolver a Ramón César Jodar, señalado por las víctimas de Tafí Viejo como artífice de violación de domicilio y privación ilegítima de la libertad de la mayoría de las víctimas de esa ciudad, y al jefe del Regimiento de Infantería de Tartagal, Omar Parada, a quien señalaron como el mandamás del Centro Clandestino de Detención que funcionaba en el ingenio Santa Lucía. “Es alarmante lo que se hizo”, remarcó el letrado.

Por otro lado, exigen al tribunal que se expida por la totalidad de las víctimas que no fueron nombradas durante la sentencia. “Es una falta de respeto hacia padres, hijos y familiares que esperaron durante 42 años para que durante la sentencia sean totalmente invisibilizados”, remarcó Virginia Sosa de la agrupación Familiares de Desaparecidos de Tucumán (FADETUC).

Al igual que Virginia, el resto de los familiares se manifestaron “muy dolidos” por el fallo y pidieron una audiencia con los jueces para conocer en detalle el por qué de las absoluciones. “Queremos una respuesta de por qué han dejado a estos asesinos en libertad. Tenemos mucho dolor e indignación. Es muy triste  que después de 42 años buscando Justicia, todavía haya compañeros que están esperando una respuesta”, remarcó Sosa.

Comunicado completo

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Realizaron una presentación este lunes repudiando la sentencia y expresando su preocupación por “el cambio de actitud” del tribunal a la hora de juzgar delitos de lesa humanidad.

Organismos de Derechos Humanos y familiares de víctimas de la última dictadura cívico-militar se concentraron este lunes en las puertas del Tribunal Oral Federal (Chacabuco y Crisóstomo) para manifestar su repudio a la sentencia que dictó ese tribunal el 15 de septiembre último, en el marco de la megacausa Operativo Independencia.

Los organismos de DDHH, familiares y víctimas del Terrorismo de Estado, nos convocamos hoy a los fines de repudiar el veredicto del TOF, en la causa Operativo Independencia y denunciar el cambio de postura que este Tribunal tuvo en referencia con las sentencias dictadas en otra causas. Este cambio de posturas nos hace sospechar claramente de otras intencionalidades políticas detrás del viraje del Tribunal.

Por otro lado, mientras se daba a conocer el contenido de la nota al Tof, a los medios de comunicación, la que ya había sido entregada al TOF --por parte de dos querellantes en la causa, Marta Ceridono de Gómez y Mart Gómez de Martín, mientras el resto permanecía en la puerta del las oficinas del TOF-- un grupo de jóvenes militantes de derechos humanos, comenzaron a pegar carteles y pintaron leyendas que reprobaban el posicionamiento de dos de los miembros del Tribunal Federal, los doctores Gabriel Casas y Giménez Montilla,  en la sentencia del juicio Operativo Independencia. La intervención de miembros de la Gendarmería generó un forcejeo cuando uno miembro de esa fuerza, trató de impedir que se siguiera pintando la vereda. 

Los planteos que fueron realizados por los Organismos de Derechos Humanos, son los siguientes: 

1-En primer lugar, porque durante la sustanciación del debate se permitió a los defensores someter a testigos, familiares y víctimas a extensos y re- victimizantes interrogatorios referidos a la militancia, pertenencia partidaria o adscripción ideológica de los testigos o víctimas. 

Esa resolución, con la firma de Gabriel Casas y de Carlos Jiménez Montilla (disidencia de Juan Carlos Reynaga) se fundó en la necesidad, que manifestaron los jueces de conocer si las detenciones tenían fundamento o no. El fundamento o la justificación de los jueces, estaba dada por la militancia política de las víctimas. Como expresó textualmente el Presidente del Tribunal Gabriel Casas, durante la audiencia del 04 de agosto de 2016, al afirmar que “la defensa tiene el derecho a preguntar si el testigo tiene credibilidad, y si había razón o no para detenerlo, bah para secuestrarlo o para detenerlo o como se llamare a la privación de la libertad”. 

A diferencia de otros procesos, en donde la calidad de militante político daba la nota de “perseguido” a quien sufría un secuestro, con el tiempo pudimos ver que en este proceso esa situación, corría como un argumento que terminó justificando (y absolviendo de culpa y cargo) a los imputados. 

2-Rechazamos categóricamente el argumento utilizado por el Tribunal de que algunos imputados actuaron con ERROR DE PROHIBICIÓN. ¿Cómo pretende el Tribunal justificar que quienes irrumpieron en domicilios de ciudadanos tucumanos, en medio de la noche, procedieron a encapuchar a una persona y la llevaron a un lugar clandestino de detención, NO SABÍAN QUE ESTABAN COMETIENDO UNA ACCIÓN ILEGAL?. 

¿¿Cómo pretende este Tribunal que nosotros, después de 42 años de luchar por Memoria verdad y Justicia, aceptemos una sentencia que JUSTIFICA el secuestro y el allanamiento de viviendas sin ordenes de jueces de miembros de las fuerzas de seguridad?? Cómo puede un Tribunal democrático y constitucional justificar esas conductas, invocando que quienes las cometieron creyeron estar autorizados? 

Acaso el Tribunal Oral Federal de Tucumán, sostendrá que la existencia de un gobierno constitucional en 1975, permite justificar represiones sin límites en los derechos humanos y las garantías constitucionales de las y los tucumanos?

Qué interpretación debemos darle a las declaraciones que realizó el Presidente del Tribunal, luego de la lectura del veredicto el pasado 15 de septiembre, cuando habló de 

Que los “fundamentos, que obviamente que tienen mucho que ver con que los hechos ocurrieron en el año 75, que hubo normas del congreso de la nación por unanimidad, digamos, que altos mandos de las fuerzas armadas decidieran apartarse de las líneas convencionales de la represión de organizaciones que optaron por la lucha armada es lo que convirtió a gran parte de esa represión en ilícitos, en la medida en que invocando la supuesta eficiencia se apartaron de los métodos convencionales del estado de derecho”.

Parte el señor Juez de afirmar, que SOLAMENTE PARTE DE LA REPRESIÓN FUE ILÍCITA, y por ende, que los miembros de las FFAA y FFSS estaban autorizados para cometer otras acciones ilícitas, en pos de la denominada “lucha contra la subversión”?.  

3-Decimos, así como lo afirmó al CIDH en el informe sobre la situación de los DDHH en Argentina en el año 1979 y lo dijo la Comisión Bicameral en su informe en 1984, que el Operativo Independencia fue el inicio del plan sistemático de violaciones a los derechos humanos. Que por ello a partir del inicio de este Operativo (Decreto 261/75) la población tucumana fue atacada, y sus derechos y garantías constitucionales pisoteados. Cómo un Tribunal de nuestra democracia, puede entender que algunas de estas acciones estuvieron autorizadas por el Decreto 261/75? Desde cuando las garantías constitucionales pueden quedar suspendidas sin plazo, y la población de una provincia entera dejada a merced de las patotas que asolaron la provincia, y que la mayoría de sus responsables resulten impunes? 

4-Nos sentimos insultadas además, que el Tribunal de Tucumán con los votos de Casas y Jimenez Montilla (disidencia del Juez Reynaga)  hayan entendido que la participación de uno de los imputados en la Guerra de Malvinas, implicaba UNA ATENUANTE de los graves crímenes por los que se lo estaba condenando (Privación de la libertad y tormentos agravados). Es menos culpable el torturador porque después fue a la Guerra de Malvinas? Una guerra ordenada por una Dictadura Militar genocida, que sacrificó a los jóvenes e indefensos conscriptos a morir de frio y de hambre, mientras sus oficiales lucen en el pecho medallas honoríficas por una guerra que no pelearon. Acaso Astiz ese menos CULPABLE DE SUS GRAVES CRÍMENES POR HABER LUCHADO EN MALVINAS? 

5-Denunciamos que este Tribunal está sellando el PACTO DE IMPUNIDAD para algunos de los autores de los aberrantes crímenes que se cometieron en Tucumán durante 1975. Este Pacto de Impunidad está evidenciado en la absolución de Omar Edgardo Parada, uno de los principales responsables del funcionamiento de la Base del Ex Ingenio Santa Lucía, uno de los primeros CCD que existieron en Tucumán. 

Pero además, Parada formó parte de la cúpula militar que condujo el Operativo Independencia, teniendo por lo tanto un lugar de relevancia en el desarrollo de todas las actividades del Operativo Independencia. 

6-El pacto de Impunidad del Tribunal para los acusados en este Juicio, también se tramó con la concesión GENERALIZADA E INDISCRIMADA de prisiones domiciliarias a TODOS LOS ACUSADOS. Inclusive a Gerónimo Capitán, quien estaba en el penal de Marcos Paz porque se acreditó la violación de las condiciones de su prisión domiciliaria. Entonces, después de 42 años, estos juicios terminan tornándose ilusorios con tribunales complacientes con TODOS los pedidos de los imputados, y con todos los genocidas en sus casas. 

7-El pacto de Impunidad del Tribunal para los acusados en este Juicio, también se tramó con la concesión GENERALIZADA E INDISCRIMADA de prisiones domiciliarias a TODOS LOS ACUSADOS. Inclusive a Gerónimo Capitán, quien estaba en el penal de Marcos Paz porque se acreditó la violación de las condiciones de su prisión domiciliaria. Entonces, después de 42 años, estos juicios terminan tornándose ilusorios con tribunales complacientes con TODOS los pedidos de los imputados, y con todos los genocidas en sus casas.

8-EXIGIMOS AL TRIBUNAL QUE DE RESPUESTA A LAS FAMILIAS DE:

Horacio Armando MILSTEIN, José D´HIRIART, Raúl ROLDÁN MONTENEGRO, José Alejando REINOSO, Luis María BRAVO, Carlina ALBORNOZ DE ROJAS y Abelardo ROJAS CÁCERES

Héctor Manuel FREIJÓ, compañeros detenidos desaparecidos, sobre quienes el TRIBUNAL NO SE PRONUNCIÓ. 

Después de 42 años de ocurridos sus secuestros y desapariciones, por parte de las FFAA y FFSS en el marco del Operativo Independencia, sus familiares siguen esperando UNA RESPUESTA DE PARTE DEL Estado argentino. 

El tribunal oral en lugar de cumplir con sus obligaciones internacionales, la única respuesta que nos dio es el SILENCIO, prolongando la angustia de sus seres queridos, por no saber a que se debe que el Tribunal no se haya pronunciado. 

INVOCANDO EL DERECHO A LA VERDAD, exigimos que el Tribunal se pronuncie e informe sobre la situación de estas víctimas. 


Identificación de Personas Desaparecidas

Si tenés un familiar victima de desaparición forzada y aun no diste tu muestra de sangre lo podés hacer ahora y ayuda a identificarlo.La toma de muestras son gratuitas, hechas por el Equipo Argentino de Antropología Forense dentro de la Iniciativa Latinoamericana para la Identificación de Personas Desaparecidas. Llama e 0800-333-2334, de lSec. DDHH Tuc. –Juzgados Federales 1 y 2 Tucumán.



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