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Para Manzur fue un fallo ejemplar
Camara fotoAMPLIARPara Manzur fue un fallo ejemplar
12/07/2017 - La final no hubo fraude

Manzur consideró ejemplar el fallo de la Corte que convalida los comicios de 2015

El gobernador de Tucumán calificó como ejemplar al fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que ayer convalidó los comicios de 2015 en los que resultó electo, al rechazar el recurso extraordinario presentado por la coalición opositora.

 “Se hizo justicia, habíamos ganado la elección por más de 120 mil votos. Siempre estuvimos confiados pero este fallo es ejemplar, porque hay que leer su contenido”, observó el Gobernador y remarcó que las críticas que hay hacia a la Cámara en lo Contencioso Administrativo son muy duras, ya que la Corte indicó que violaron el Código Electoral. Asimismo, remarcó que con su sentencia, la Corte Suprema de la Nación reafirmó la resolución del máximo tribunal tucumano.

El fallo es muy importante. Hay que creer en la justicia de este país y somos muy respetuosos. Se reconoció el valor del voto popular, el valor que tiene la democracia. Nos da mucha alegría a los tucumanos, lo vivimos con serenidad y esto es un gran mensaje”, destacó Manzur.

El fallo de ayer, firmado por Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkranzt, desestimó un recurso de queja interpuesto por el Acuerdo para el Bicentenario. De esa manera, el alto tribunal cerró el proceso judicial sobre la legalidad y legitimidad de las elecciones provinciales de agosto de 2015, que consagraron gobernantes a Juan Manzur y Osvaldo Jaldo, declarando su validez.

En agosto de 2015 el Acuerdo para el Bicentenario, representado por José Cano y Domingo Amaya, planteó un amparo denunciando supuestos hechos de fraude. Los jueces Salvador Ruiz y Ebe López Piossek anularon los comicios, pero el Frente para la Victoria apeló y la Corte local le dio la razón y convalidó las elecciones. Con su decisión la Corte ratificó la del supremo tribunal de Tucumán, que había revocado la resolución de la Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo donde se anulaban los comicios.

Fundamentos del fallo

Es su sentencia, la Corte Suprema de Justicia de la Nación explicó que los agravios invocados por el Acuerdo para el Bicentenario no encuentran apoyo en cláusula alguna de la Constitución nacional, por lo que la intervención que pretenden del máximo tribunal en la instancia extraordinaria “es inadmisible”.

Sentencia arbitraria

Los jueces del máximo tribunal dijeron en su fallo que la primera sentencia es arbitraria. Explican que el total de 19.990 electores de las mesas anuladas alcanzó el 1,785% del total del padrón y el 2,098% del total de los votantes en mesas válidas. Y resaltó que la diferencia numérica de 111.533 sufragios a favor del Partido Justicialista-FpV supera el quíntuple de los electores de las mesas anuladas.

Esa es la circunstancia decisiva que jamás pudo soslayar el tribunal de la causa (Cámara en lo Contencioso) para sostener constitucionalmente su decisión. Carga argumentativa que, paradójicamente, también pesa sobre la agrupación recurrente (Acuerdo para el Bicentenario) para demostrar que la sentencia que rechazó la invalidez de las elecciones, con sustento en un examen semejante al efectuado, es arbitraria”.


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