El Plan comprende las deudas vencidas y exigibles al 31 de julio de 2022 de los impuestos sobre los Ingresos Brutos para la Salud Pública, Sellos, inmobiliario, automotores y rodados, CISI, comunas rurales, tasa al uso especial del agua y la tasa retributiva de servicios, intereses, recargos y multas.
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Las condiciones para ingresar son tener cumplidas y abonadas las obligaciones que vencen a partir del 1 de agosto de 2022. En el caso de los impuestos inmobiliario y a los automotores y rodados las cuotas 8, 9, 10, 11 y 12 del 2022. Y en el caso de los impuestos sobre ingresos brutos y salud pública los anticipos 7, 8, 9, 10 y 11 del 2022.
La solicitud de adhesión al régimen se realiza a través de la página web del organismo utilizando el CIUT y la clave fiscal otorgada por la AFIP.
¿Cuáles son los beneficios?
La bonificación total de todos los intereses devengados al 31 de diciembre de 2019. Esto beneficia a las deudas antiguas, por ejemplo de 2016, 2017 o 2018, explicó Juan Fernández, subdirector de Rentas.
Por los intereses devengados a partir del 1 de enero de 2020, dijo el subdirector, habrá bonificación del 70% por pago de contado; del 60% cuando la cantidad de pagos parciales para cancelar el plan no excedan de julio del 2023; del 50% cuando la cantidad de pagos parciales para cancelar el plan excedan de julio 2023.
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